DECRETO 2346/2008
Servicio Oficial de Correo. Privatización. Licitación.
Prórroga del 30/12/2008
publ. 20/01/2009
VISTO el Expediente Nº S01:0079336/2004 del Registro del MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y los Decretos
Nros. 1075 de fecha 19 noviembre de 2003, 721 de fecha 11 de junio
de 2004, 635 de fecha 14 de junio de 2005, 1758 de fecha 29 de diciembre
de 2005, 1087 de fecha 23 de agosto de 2006 y 1477 de fecha 22 de
octubre de 2007, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003
el PODER EJECUTIVO NACIONAL rescindió, por culpa del concesionario,
el Contrato de Concesión suscripto entre el ESTADO NACIONAL
y la empresa CORREO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA por el cual se concedió
el Servicio Oficial de Correo, comprendiendo todos los servicios postales,
monetarios y de telegrafía prestados oportunamente por la EMPRESA
NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (ENCOTESA) y los
restantes servicios que la concesionaria se encontraba habilitada
a realizar, incluyendo el Servicio Postal Básico Universal,
por las causales previstas en el Numeral 30.1. a) y b) de dicho Contrato.
Que, en esas condiciones, el ESTADO NACIONAL reasumió transitoriamente
la operación del Servicio Oficial de Correo.
Que el Artículo 4º del referido decreto instruyó
al Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública
y Servicios para que, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días,
procediera a llamar a Licitación Pública Nacional e
Internacional a fin de volver a privatizar el servicio público
postal.
Que el Decreto Nº 721 de fecha 11 de junio de 2004 dispuso la
constitución de la sociedad CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en la órbita de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS hasta tanto se privatice, bajo el régimen
de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus
modificatorias.
Que, asimismo, el decreto mencionado precedentemente dispuso prorrogar
por un término de CIENTO OCHENTA (180) días a partir
de su vencimiento, el plazo fijado por el Artículo 4º
del Decreto Nº 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003.
Que, en aras de llevar a cabo el procedimiento licitatorio a que
se refiere el Artículo 4º del Decreto Nº 1075 de
fecha 19 de noviembre de 2003, garantizando la continuidad y la eficacia
de la prestación del Servicio Oficial de Correo, se dictó
el Decreto Nº 635 de fecha 14 de junio de 2005, que resolvió
prorrogar el plazo fijado en el Artículo 1º del Decreto
Nº 721 de fecha 11 de junio de 2004.
Que a los efectos de consolidar la operatoria de la sociedad CORREO
OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, se entendió
procedente la prórroga, hasta el día 30 de junio de
2006, hasta el día 31 de julio de 2007 y, posteriormente, hasta
el 31 de julio de 2008, del plazo fijado por el Artículo 1º
del decreto citado en el considerando precedente, mediante los Decretos
Nros. 1758 de fecha 29 de diciembre de 2005, 1087 de fecha 23 de agosto
de 2006 y 1477 de fecha 22 de octubre de 2007.
Que las razones tenidas en cuenta para la adopción de las
mencionadas medidas se mantienen a la fecha, por lo que se estima
conveniente prorrogar el plazo para la realización del procedimiento
licitatorio en cuestión.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA
LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º - Dase por prorrogado hasta el 31 de julio
de 2009, el plazo fijado en el Artículo 1º del Decreto
Nº 1477 de fecha 22 de octubre de 2007.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Sergio T. Massa. - Julio M. De Vido.